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A partir de mayo los reclamos de los consumidores deberán atenderse en un plazo de 15 días

reclamos

Hoy se promulgó en el diario El Peruano la Ley Nº 31435, con la que se reducirá el plazo de respuesta a los reclamos que presenten los consumidores.

Esta norma, aprobada por insistencia en el Congreso, modifica el Código de protección y Defensa del Consumidor y estará vigente a los 60 días calendario de su publicación.

En 2018, siete de cada 10 reclamos realizados se definieron a favor de los  consumidores

A partir del mes de mayo los reclamos que realicen los consumidores en los establecimientos comerciales deberán atenderse en un plazo máximo de 15 días hábiles improrrogables, y ya no 30 como se indicaba antes.

Asimismo, los consumidores podrán exigir la entrega del libro de reclamaciones para formular su queja o reclamo respecto de los productos o servicios ofertados.

Las empresas están obligadas a atender y dar respuesta en el nuevo plazo establecido y remitir al Indecopi la documentación correspondiente al Libro de Reclamaciones cuando sea requerido.

Empresas tendrán menos plazos para atender reclamos de consumidores |  Defensa del consumidor | Asbanc | ECONOMIA | EL COMERCIO PERÚ

El proveedor deberá remitir la copia de la queja o reclamo correspondiente junto con sus descargos.

En tanto, el Indecopi tendrá que emitir las directivas necesarias o adecuará las existentes para su aplicación efectiva en un plazo no mayor de 30 días.

Cabe recordar que la norma fue aprobada por insistencia semanas atrás, durante Pleno del Congreso, con 97 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones, luego de haber sido observada por el Poder Ejecutivo.

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